Ciudad de México.- Este miércoles 16 de septiembre es un día de descanso obligatorio en México, por lo que las personas trabajadoras que tengan laborar durante esta fecha tienen derecho a una compensación adicional. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), todos deben recibir su salario ordinario más un pago doble por la jornada realizada, equivalente a un pago triple por ese día.
La fecha corresponde al Aniversario de la Independencia de México y forma parte de los días de descanso obligatorio establecidos en la legislación laboral. Por ello, no es lo mismo trabajar el 15 de septiembre que hacerlo el 16.
¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 16 de septiembre?
El Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que quienes laboren durante un día de descanso obligatorio deben recibir, independientemente del salario correspondiente al descanso, un salario doble por el servicio prestado. En términos prácticos, esto significa que una persona debe recibir el equivalente a tres salarios diarios:
- El pago correspondiente al día de descanso
- Dos salarios adicionales por haber trabajado durante esa jornada
Por ejemplo, si una persona percibe 500 pesos diarios, al trabajar el 16 de septiembre tendría que recibir 1,500 pesospor esa jornada. La compensación aplica por tratarse de un descanso obligatorio y no de una fecha festiva que dependa de una decisión particular de la empresa.
¿Cuánto pagan por trabajar el 16 de septiembre con salario mínimo?
El cálculo también puede realizarse tomando como referencia el salario mínimo de 315.04 pesos en México. En este caso, una persona que labore el 16 de septiembre tendría derecho a recibir un total de 945.12 pesos por la jornada.
La cantidad resulta de multiplicar por tres el salario diario de 315.04 pesos: 315.04 pesos correspondientes al día de descanso, más 630.08 pesos por el pago doble de la jornada trabajada.
Es importante considerar que el monto concreto depende del salario diario que corresponda a cada trabajador.
¿El 15 de septiembre también se paga triple?
No. El 15 de septiembre no está considerado como día de descanso obligatorio por la Ley Federal del Trabajo (LFT), pese a que es la fecha en que se realizan las celebraciones y el tradicional Grito de Independencia.
Por ello, si una persona trabaja el 15 de septiembre, su salario corresponde al pago habitual, salvo que su empresa tenga alguna política interna que otorgue un beneficio adicional.
Algunas compañías pueden establecer horarios especiales, jornadas reducidas, trabajo desde casa o incentivos para esa fecha, pero estas condiciones dependen de los acuerdos internos y no convierten al 15 de septiembre en un descanso obligatorio previsto por la LFT.
¿Qué pasa si trabajo horas extra el 16 de septiembre?
El pago correspondiente por laborar durante un día de descanso obligatorio no elimina otras obligaciones relacionadas con el tiempo extraordinario.
Si además de trabajar el 16 de septiembre una persona extiende su jornada y se generan horas extra, la remuneración por ese tiempo debe considerarse de acuerdo con las reglas aplicables al trabajo extraordinario. Por ello, el pago triple por el día festivo y la eventual remuneración por tiempo extra son conceptos que pueden coexistir cuando las condiciones de la jornada así lo determinen.
¿Cuándo es el próximo día de descanso obligatorio en 2026?
Después del 16 de septiembre, la fecha de descanso obligatorio que corresponde al calendario laboral de 2026 es el tercer lunes de noviembre, con motivo del aniversario de la Revolución Mexicana.
Esta fecha corresponde al lunes 16 de noviembre de 2026. En cambio, el Día de Muertos, el 2 de noviembre, no se presenta como un descanso obligatorio de la LFT, aunque algunas empresas pueden concederlo por decisión propia.
Fuente: Tribuna del Yaqui
