Ciudad de México.- La senadora panista Lilly Téllez impulsó una iniciativa para reformar la Ley General de Salud, la Ley del Seguro Social y la del Issste, con el fin de que las instituciones públicas otorguen vales electrónicos a los pacientes cuando sufran desabasto de medicamentos.

Con este mecanismo, denominado ‘Vale de Surtimiento Garantizado‘, las personas podrían adquirir gratis sus medicinas en farmacias privadas registradas en un Padrón Nacional, de modo que el Estado cubra el costo. Para concretarlo, la propuesta contempla también implementar una Receta Electrónica Nacional.

La legisladora argumentó que garantizar el abasto a tiempo de los fármacos es clave para el derecho a la salud, advirtiendo que la falta de tratamientos completos daña la calidad de vida de las personas e impacta directamente la economía de sus familias.

¿Cómo operaría el Vale de Surtimiento Garantizado?

De aprobarse la propuesta, los derechohabientes del sector público recibirían su tratamiento completo y a tiempo mediante la Receta Electrónica Nacional, priorizando la entrega inmediata en sus propias farmacias.

Si la institución no dispone del fármaco, contará con dos alternativas:

  • Entrega a domicilio o en clínica: Enviar el medicamento al hogar del paciente o a la unidad médica designada en un máximo de 48 horas.
  • Emisión de vale: Generar de forma inmediata el ‘Vale de Surtimiento Garantizado‘.
  • Para casos de oncología, urgencias o padecimientos crónicos graves, el plazo máximo de entrega será de 24 horas; de rebasarse ese tiempo, se expedirá el vale en automático.

Con este folio electrónico, el paciente o un familiar podrá retirar el tratamiento sin costo en cualquier farmacia privada afiliada. Posteriormente, la institución de salud liquidará el importe a la farmacia en un lapso de 30 días naturales tras la validación, basándose en el precio de referencia de la Secretaría de Salud o en el costo público vigente.

¿Qué entidades expedirían este comprobante?

La propuesta abarca a las dependencias de la Administración Pública Federal encargadas del sector salud, incluyendo al IMSS, Issste, IMSS-Bienestar, PEMEX y los servicios médicos de la Sedena y la Marina.

Para cada caso, plantea ajustes específicos a sus marcos legales:

IMSS: Se añadiría un párrafo al artículo 91 de la Ley del Seguro Social para estipular que los medicamentos se entreguen en sus propias farmacias o mediante vales para establecimientos afiliados.

Receta Electrónica Nacional y Farmacias Adheridas

La iniciativa dispone que toda prescripción médica en el sector público se expida de forma obligatoria mediante una Receta Electrónica Nacional.

Este documento deberá contener la denominación genérica del medicamento, la cédula del profesional tratante, su firma electrónica avanzada y un folio único registrado a nivel nacional. Los usuarios podrán consultar o descargar su receta en digital, o bien solicitar una copia física gratuita. Para zonas sin conexión a internet, se prevé el uso de recetas impresas con código de verificación, las cuales deberán subirse al sistema dentro de las 24 horas siguientes al restablecimiento de la red.

Por su parte, los establecimientos privados que deseen participar deberán contar con aviso o licencia sanitaria vigente e inscribirse en el Padrón Nacional de Farmacias Adheridas, cuya regulación y registro estarán a cargo de la Secretaría de Salud.

Finalmente, el proyecto prohíbe explícitamente al personal médico orientar a los pacientes hacia farmacias en particular, así como percibir comisiones o beneficios por parte de comercios privados.

Issste: Se incorporaría el artículo 35 bis a su ley, estableciendo la entrega prioritaria en sus centros a través de la Receta Electrónica Nacional y obligando a garantizar el surtimiento en farmacias privadas ante la falta de inventario.

Transparencia, Protección de Datos y Sanciones

El Sistema Nacional de Receta Electrónica estaría bajo la administración de la Secretaría de Salud, dependencia encargada de resguardar los datos personales sensibles de los usuarios en apego a la ley.

Asimismo, la Secretaría deberá hacer públicos cada tres meses los indicadores sobre abasto, el total de recetas y vales emitidos, así como el dinero pagado por cada unidad médica. Por su parte, el sector público conservará la compra y distribución directa de insumos para áreas críticas (quirófano, urgencias y hospitalización), vacunas, productos biológicos, sustancias de control especial y comunidades rurales donde no operen farmacias afiliadas.

Cualquier incumplimiento por parte de los funcionarios públicos será castigado bajo los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Fundamentos y plazos de aplicación

La senadora argumenta que el país carece de una plataforma de receta electrónica nacional interoperable, de un mecanismo obligatorio para surtir fármacos en el sector privado ante la escasez pública y de métricas transparentes por clínica.

Para sustentar la propuesta, el proyecto toma como referencia el modelo de receta electrónica interoperable de España y la jurisprudencia 1a./J. 152/2023 emitida por la Primera Sala de la SCJN.

Vales de medicamentos en IMSS e ISSSTE: la propuesta de Lilly Téllez contra el desabasto

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En caso de ser aprobada, la normativa entraría en vigor al día siguiente de promulgarse en el Diario Oficial de la Federación. A partir de esa fecha, la Secretaría de Salud dispondría de 180 días naturales para elaborar los lineamientos necesarios, mientras que los organismos de salud contarán con un plazo máximo de 365 días para lograr la interconexión total de sus sistemas.

Fuente: Tribuna del Yaqui