Ciudad de México.- El Tribunal Electoral determinó que las llamadas ‘boletas planchadas’, es decir, aquellas que no presentan dobleces que indiquen que fueron introducidas en la urna, no podrán ser consideradas como votos válidos durante el cómputo de una elección.
La resolución revocó un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que contemplaba la posibilidad de que los Consejos Distritales determinaran, bajo sus propios criterios, si las boletas sin marcas de doblez debían ser contabilizadas.
El proyecto, presentado por el magistrado Felipe de la Mata, establece que esa posibilidad es incompatible con el procedimiento previsto en la legislación electoral para la emisión del sufragio, debido a que, después de marcar la boleta, la persona electora debe doblarla y depositarla personalmente en la urna correspondiente.
De acuerdo con el magistrado, la ausencia de dobleces impide acreditar que la boleta siguió el procedimiento establecido por la ley y, por tanto, que el voto fue efectivamente depositado en la urna.
El doblez no es un requisito de forma, es la huella física de que las boletas siguieron el camino normal de la votación”, sostuvo.
La determinación señala que las boletas sin marcas de doblez no deberán incorporarse al cómputo ni sumarse a los resultados de la elección. Además, su hallazgo y cantidad deberán quedar asentados en la hoja de incidentes y las boletas tendrán que conservarse separadas de aquellas que sí fueron contabilizadas.
La resolución también precisa que corresponde de manera exclusiva a la mesa directiva de casilla determinar la invalidez de los votos contenidos en este tipo de boletas.
El criterio deberá aplicarse igualmente cuando se realice un nuevo escrutinio y cómputo y se detecten boletas sin dobleces. En esos casos, el Consejo Distrital deberá constatar la circunstancia, separarlas, registrar el hallazgo y excluirlas de la sumatoria final.
La legislación electoral establece que, una vez que recibe la boleta, la persona electora debe acudir al espacio destinado para expresar su preferencia de manera libre y secreta, doblarla y depositarla personalmente en la urna correspondiente. Bajo este procedimiento, las boletas que no presentan señales físicas de haber sido introducidas en la urna no podrán modificar los resultados de la elección.
Fuente: Tribuna del Yaqui
