Ciudad de México.- Desde 2026, los jubilados bajo la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que cotizaron antes del 1 de julio de 1997 y no ejercieron un crédito hipotecario pueden solicitar la devolución de sus ahorros en la Subcuenta de Vivienda del Infonavit. Este proceso otorga las aportaciones patronales y sus respectivos rendimientos en un solo pago. Además, es un trámite gratuito y sin intermediarios que se puede gestionar tanto en línea como de forma presencial.
Para comenzar con el trámite, es indispensable cumplir con ciertas condiciones vinculadas con la pensión, los registros personales y el saldo disponible. La coincidencia entre datos como el Número de Seguro Social (NSS), CURP y Registro Federal de Contribuyentes (RFC), además de los aspectos de un financiamiento vigente, son algunos de los aspectos a tomar en cuenta para determinar si la petición procede.
¿A qué personas está dirigida la devolución del ahorro de Infonavit?
Este apoyo está destinado a quienes se jubilaron conforme a la Ley 73, acumularon aportaciones antes de 1997, cuentan con su resolución de pensión del IMSS y carecen de un crédito hipotecario activo en el Infonavit. Los recursos que pueden ser devueltos corresponden a tres componentes:
- Fondo de Ahorro 1972-1992: Recursos correspondientes a las aportaciones patronales efectuadas durante este periodo histórico.
- Subcuenta de Vivienda 1992: Apartado que integra las contribuciones registradas entre los años 1992 y 1997.
- Subcuenta de Vivienda 1997: Saldo acumulado a partir de las aportaciones generadas posterior a esa fecha.
Los recursos devueltos provienen de las cuotas del patrón que se mantuvieron resguardadas en la cuenta sin ser empleadas para un crédito de vivienda.
Pasos para pedir el dinero
Para hacer válida la petición, el Infonavit establece una serie de documentos y condiciones que deben cumplirse. Los requisitos necesarios son:
- Resolución de pensión del IMSS: Documento oficial que acredite el retiro por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez o incapacidad.
- Identificación oficial vigente: Credencial para votar (INE) o pasaporte en activo.
- Cuenta bancaria propia: Número de cuenta con clave interbancaria (CLABE) a nombre del titular del trámite.
- Registro en una Afore: Estar dado de alta en una administradora de fondos para el retiro.
- Sin crédito Infonavit activo: No tener un financiamiento de vivienda vigente con el instituto.
- Saldo disponible comprobado: Estado de cuenta de la Afore que demuestre fondos existentes en la Subcuenta de Vivienda.
Los que realicen el procedimiento por internet también deben disponer de una e.firma vigente del SAT. La gestión puede realizarse a través de Mi Cuenta Infonavit o directamente en un Centro de Servicio Infonavit (CESI).

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Restricciones y cuánto tarda en pedir la devolución
A pesar de ofrecer opciones digitales y físicas, la institución subraya la necesidad de revisar que los registros del NSS, CURP y RFC sean idénticos, pues cualquier divergencia o faltante de papeles bloqueará el proceso. Superada esta revisión y autorizada la entrega, el recurso económico será depositado en un lapso de cinco a diez días hábiles, siempre y cuando no se detecten anomalías.
Fuente: Tribuna del Yaqui
