Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer el amparo promovido por Rodolfo Márquez Alcaraz, conocido como Fofo Márquez, por lo que quedó firme la sentencia de 17 años y seis meses de prisión que recibió por el delito de feminicidio en grado de tentativa.
La decisión mantiene sin cambios la condena impuesta al creador de contenido, quien fue declarado responsable de agredir violentamente a una mujer en un estacionamiento de Naucalpan, Estado de México, en febrero de 2024.
SCJN decide no revisar el caso
La solicitud para que la Suprema Corte atrajera el asunto fue presentada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, con el objetivo de que el máximo tribunal estableciera criterios sobre cuándo una agresión contra una mujer puede ser considerada tentativa de feminicidio.
Sin embargo, la mayoría del Pleno votó por no ejercer su facultad de atracción. Únicamente las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama se pronunciaron a favor de que la Corte analizara el caso.
Con esta resolución, la sentencia permanece vigente y el asunto no será revisado de manera extraordinaria por la SCJN.
¿Por qué fue condenado Fofo Márquez?
El caso se originó tras la agresión cometida por Fofo Márquez contra Edith ‘N’ en el estacionamiento de una plaza comercial en Naucalpan, Estado de México.
Además de la pena privativa de libertad, el influencer fue condenado al pago de una multa de 36 mil 400 pesos, destinada al tratamiento psicológico de la víctima.
Actualmente cumple su sentencia en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Molino de Flores, ubicado en Texcoco.
Corte no fijará nuevos criterios sobre tentativa de feminicidio
El tribunal que promovió la solicitud de atracción consideró que el caso tenía relevancia constitucional, ya que podía servir para establecer criterios nacionales sobre la configuración del delito de tentativa de feminicidio en casos de violencia contra las mujeres.
No obstante, al rechazar atraer el expediente, la Suprema Corte decidió no emitir un pronunciamiento sobre ese tema, por lo que los tribunales continuarán resolviendo estos casos con base en la legislación vigente y los criterios judiciales existentes.
Fuente: Tribuna del Yaqui
