Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este lunes 22 de junio de 2026 que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene facultades para actuar y conciliar reclamaciones relacionadas con la solicitud de reembolsos por servicios educativos privados no prestados.
¿Cuál fue el caso que dio lugar a esta resolución?
De acuerdo con los antecedentes de este caso, que se originó hace 10 años, en el ciclo escolar 2015-2016, un padre de familia presentó una queja ante la Profeco, en contra de un plantel privado de educación básica que se negó a devolver el pago de inscripciones, colegiaturas y útiles, luego de que se decidió que el menor no cursaría ahí sus estudios.

SCJN avala que Profeco intervenga en reclamaciones y reembolsos de escuelas privadas
Escuelas privadas quedan sujetas a la Profeco
Ante esta situación, la SCJN determinó que el cobro de colegiaturas genera una relación de consumo, obligando a las instituciones a respetar la Ley Federal de Protección al Consumidor, por lo que es válida la reclamación de reembolso contra escuelas privadas. Asimismo, destacó que puede velar por el respeto de los derechos del consumidor en las condiciones económicas y contractuales de estos servicios.
La decisión de la Suprema Corte, aprobada por unanimidad de los nueve ministros, sienta un precedente relevante para el sector educativo privado, al reconocer que las escuelas, además de cumplir con la normatividad educativa, deben observar las disposiciones de la legislación de protección al consumidor en sus relaciones comerciales con las familias que contratan sus servicios.
La quejosa, como ha manifestado, es una institución privada que presta el servicio público de educación, siendo este proporcionado de manera habitual, recibiendo como contraprestación el pago de colegiaturas o costos determinados que las personas interesadas aceptan cubrir. Por lo que, en el caso, el procedimiento iniciado por la Profeco sí se basa en una relación de consumo”, se indicó en el proyecto aprobado.
¿Cómo protege esta medida a los padres de familia?
La resolución fortalece las herramientas de defensa para madres, padres de familia y tutores, quienes podrán acudir ante la Profeco cuando consideren que un colegio particular incumplió las condiciones pactadas, negó devoluciones indebidas, aplicó cláusulas abusivas o incurrió en prácticas comerciales contrarias a la legislación de protección al consumidor.
Fuente: Tribuna del Yaqui
