Ciudad de México.- ¿Tienes cuenta enNetflix, usasTindero tomas cursos en línea? El Gobierno Federal busca que el Servicio de Administración Tributaria (SAT)pueda acceder en línea y en tiempo real a la información de estas plataformas digitales. La iniciativa, promovida por la presidentaClaudia Sheinbaumy discutida en laCámara de Diputados, propone añadir el artículo 30-B a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El nuevo Código Fiscal de la Federación 2026, aprobado en comisiones de la Cámara de Diputados, ha detonado una fuerte polémica por el alcance de sus disposiciones sobre plataformas digitales. El punto más controversial se encuentra enel nuevo artículo 30-B, queestablece que los prestadores de servicios digitales deberán permitir al Servicio de Administración Tributaria(SAT) el acceso en línea y en tiempo real a la información contenida en sus sistemas o registros.

Créditos: Internet
Aunque oficialmentese trata de una medida de vigilancia fiscal, expertos en derechos digitales, abogados y representantes de la industria tecnológica advierten que la redacción podría abrir la puerta a la intervención gubernamental en plataformas privadas y potencialmentevulnerar la privacidad de los usuarios.
El proyecto delCódigo Fiscal 2026 forma parte del paquete económico que Morenay sus aliados aprobaron en comisiones el 14 de octubre. Entre sus novedades, incorpora el artículo 30-B, que obliga a las empresas digitales a otorgar al SAT acceso directo a sus sistemas de información.
uD83EuDD2F¿Qué onda con esto? Se quieren meter hasta en nuestra vida privada para qué quieren tener acceso a lo que compramos y hasta con quién ligamos en Tinder uD83DuDD25o Bumble uD83DuDC1D
Ahora resulta que quieren espiar lo que consumimos y compramos , qué los prestadores de servicios digitales…pic.twitter.com/tSKf1O8jvJ
— Laura Brugés (@LauraBruges)October 15, 2025
La intención, según el gobierno, esfortalecer la supervisión de los modelos de negocio digitales,combatir la evasión fiscal y garantizar que las plataformas extranjeras cumplan con sus obligaciones tributarias. Sin embargo, la redacción no establece límites técnicos ni garantías de privacidad, lo que ha generado interpretaciones preocupantes sobre su posible uso.
El artículo 30-B señala que los prestadores de servicios digitales deberán “permitir a las autoridades fiscales el acceso permanente, en línea y en tiempo real a la información contenida en sus sistemas o registros”. Además, indica que ese acceso no se considerará un “acto de fiscalización”, es decir,no requeriría los procedimientos ni controles judiciales que normalmente aplican a las auditorías tradicionales.
Quieren vigilarnos hasta en las plataformas digitales, TODO lo quieren ver… uD83DuDC40uD83DuDC40
Si subes una Story en Instagram, quieren saber… uD83DuDC95
uD83DuDD0EEl nuevo SAT NO SÓLO QUIERE TUS DATOS FISCALES, TAMBIEN quiere escudriñar tus datos personales.
??Ni mi mamá cuando era chiquito quería saber…pic.twitter.com/wzQFBWVjUK
— Isabel Uribe (@Isa_Uribe)October 16, 2025
Aunque la iniciativa no utiliza el término espionaje, varios especialistas han advertido que, si se aprueba tal como está, el SATpodría tener acceso masivo y continuo a los servidores de empresas tecnológicas, bajo el argumento de una supervisión fiscal. La Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI) calificó el texto como un “nivel de acceso sin precedentes en una democracia”, pues no requiere orden judicial ni control externo. Medios y comunicadores lo han bautizado como el “Código espía”, destacando que podría permitir revisar operaciones en plataformas comoNetflix,Spotify,Uber,Amazono inclusoTinder.
La medida aún no entra en vigor: El dictamen fue aprobado solo en comisiones, yfalta que sea discutido y votado por el Pleno de la Cámara de Diputados y el Senado. Además, el artículo 30-B debería complementarse con un reglamento secundario, que defina los protocolos de acceso, límites y mecanismos de resguardo de datos. Sin ese reglamento, la redacción actual deja un margen amplio para interpretaciones discrecionales, lo que podría derivar en abusos o intrusiones injustificadas.
Fuente: Tribuna del Yaqui
